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Máster Universitario en
Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional

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Itinerario Científico - Tecnológico

Curso 2018-2019

Curso 2018-2019

Requisitos de acceso

Tendrán acceso al Máster los universitarios españoles con título de:

  • Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
  • Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico.
  • Graduado.

Además, podrá acceder cualquier persona que se encuentre en posesión de un título oficial universitario español que, según lo dispuesto en el R.D. 1393/2007, Artículo 16 sobre la Ordenación de las enseñanzas universitarias, habilite para los estudios de posgrado (BOE 29-10-2007).

Por otra parte, hay que tener en cuenta lo dispuesto en el Capítulo II del Título III de la Ley Orgánica de Educación (L.O.E., 2/2006 de 3 de mayo) y en el Anexo V del Real Decreto 276/2007 de 23 de febrero, donde se tratan los requisitos de titulación que se exigen para el acceso a las profesiones docentes de la enseñanza secundaria, que menciona los títulos de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o el título de Grado equivalente, además de la formación pedagógica y didáctica de nivel de Posgrado, sin perjuicio de la habilitación de otras titulaciones que, a efectos de docencia pudiera establecer el gobierno para determinadas áreas, previa consulta a las Comunidades Autónomas. Según la normativa UPM, es posible matricularse en el máster pendiente de la finalización de Grado (ver matriculación en admisión y gestión ).

También podrán acceder todos los universitarios con título expedido por una institución educativa del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster (Art. 16 R.D. 1393/2007). Vías de acceso:

  • Vía de acceso A (80%): Egresados de la Universidad Politécnica de Madrid.
  • Vía de acceso B (20%): Egresados de otras universidades nacionales o extranjeras.

Además de los requisitos anteriores, los candidatos deberán certificar el conocimiento de un segundo idioma. La Orden ECI/3858/2007 establece como nivel mínimo el B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) define la lista de certificados válidos para la acreditación del nivel de Inglés. Entre ellos, se incluyen las pruebas de idiomas de algunas universidades acreditadas por ACLES (ver Centros acredicados por años). La Universidad Politécnica de Madrid convoca una prueba a principio de curso para la acreditación interna del nivel B2 en Inglés.

Para la acreditación de las competencias relativas a la especialización que se desee cursar (Orden ECI/3858/2007) los aspirantes deberán realizar una prueba diseñada al efecto por la Universidad, o cursar los complementos de formación establecidos conforme a la normativa de la UPM. Quedando exentos los que estén en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

 

ESPECIALIDAD TITULACIONES DESDE LAS QUE SE PUEDE ACCEDER SIN NECESIDAD DE PRUEBA ESPECÍFICA
EXPRESIÓN GRÁFICA
  • Ingeniero.
  • Arquitecto.
  • Licenciado en Informática.
  • Licenciado en Bellas Artes.
  • Graduados relacionados con las titulaciones anteriores.
FÍSICA Y QUÍMICA
  • Ingeniero.
  • Arquitecto.
  • Licenciado en Informática.
  • Licenciado en Física, en Química o en Matemáticas.
  • Ciencias Experimentales y de la Salud.
  • Graduados relacionados con las titulaciones anteriores.
MATEMÁTICAS
  • Ingeniero.
  • Arquitecto.
  • Licenciado en Informática.
  • Licenciado en Matemáticas, en Física o en Química.
  • Ciencias experimentales.
  • Graduados relacionados con las titulaciones anteriores.
TECNOLOGÍA
  • Ingeniero.
  • Arquitecto.
  • Licenciado en Informática.
  • Licenciado en Física, en Química o en Matemáticas.
  • Graduados relacionados con las titulaciones anteriores.

 

El proceso de admisión será competencia de una comisión que estará compuesta por el Pesidente de la Comisión Mixta de Ordenación Académica del itinerario Científico-Tecnológico del Máster y los coordinadores del módulos genérico, específicos y prácticos. Las competencias de esta comisión serán:

  • Verificar que los candidatos reúnen los requisitos establecidos.
  • Establecer el cupo anual por especialidad dentro de las 120 plazas ofertadas en el itinerario científico-tecnológico.
  • Evaluar las solicitudes y elaborar el listado de admitidos y lista de espera siguiendo los criterios de admisión de cada especialidad.

Actualizado el 10 de marzo de 2019

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